
Desde la entrada en vigor de la Ley 6/2024, los donantes vivos de órganos y médula cuentan con un nuevo derecho laboral que les otorga mayor protección durante el proceso de donación. Esta medida tiene como objetivo garantizar la recuperación del donante sin que su situación laboral se vea afectada.
¿En qué consiste la baja especial para donantes vivos?
La nueva normativa introduce una situación especial de incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes, destinada a los trabajadores que se sometan a la donación de órganos o médula ósea. A diferencia de la incapacidad temporal convencional, esta baja laboral garantiza:
- Cobertura desde los días previos a la intervención, incluyendo la preparación médica.
- Protección económica al 100% de la base reguladora, sin necesidad de periodo mínimo de cotización.
- Duración hasta el alta por curación, cubriendo tanto la intervención como el postoperatorio.
- Abono del subsidio desde el primer día de la baja por la entidad gestora o colaboradora (INSS, ISM o Mutua Colaboradora con la Seguridad Social).
Objetivo de la nueva medida
El principal motivo de esta reforma es fomentar la donación altruista, asegurando que las personas dispuestas a donar no vean comprometida su estabilidad económica ni profesional. Hasta ahora, los donantes vivos se acogían a una incapacidad temporal común, lo que suponía ciertos inconvenientes en trámites y coberturas.
Con la creación de esta figura específica, se reconoce la relevancia de la donación y se facilita su acceso.
Beneficiarios y requisitos
Esta baja especial aplica a todos los trabajadores por cuenta ajena y autónomos que participen en un proceso de donación. Los requisitos incluyen:
- Certificación médica que acredite la condición de donante vivo.
- Ingreso hospitalario o asistencia sanitaria necesaria para la donación.
- Comunicar la situación a la Seguridad Social y a la empresa empleadora.
Implicaciones legales y laborales
Desde un punto de vista legal, esta reforma también refuerza el principio de protección de la salud del trabajador y su derecho a no ser discriminado por motivos de salud. Los empleadores deben respetar esta baja sin que ello suponga una penalización para el trabajador. En caso de incumplimientos, se podrán interponer reclamaciones por vía judicial.
Asesoramiento legal en Valero Bielsa Abogados
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