En los procesos de divorcio o separación, uno de los aspectos que generan mayor controversia es la determinación del régimen de visitas y la distribución de los gastos derivados del traslado de los menores.
En este artículo, analizaremos qué dice la normativa española sobre este tema, qué criterios sigue la jurisprudencia y cómo se establecen las obligaciones económicas entre los progenitores.
¿Qué son los gastos de traslado en el régimen de visitas?
Cuando un progenitor no custodio tiene derecho a visitas con su hijo/a, es común que el menor deba desplazarse entre los domicilios de ambos progenitores. Estos desplazamientos pueden implicar costos significativos, especialmente si los progenitores viven en diferentes ciudades o incluso en distintos países. Los gastos de traslado pueden incluir:
- Billetes de transporte (avión, tren, autobús, etc.).
- Combustible y peajes en caso de desplazamiento en vehículo privado.
- Gastos de alojamiento si el traslado requiere pernoctaciones.
- Gastos derivados de acompañamiento del menor en determinados casos.
Dado que estos costos pueden suponer una carga económica importante, es fundamental establecer con claridad cómo se reparten entre los progenitores.
Marco legal en España
El Código Civil español no establece una norma específica sobre la distribución de los gastos de traslado en el régimen de visitas, por lo que su asignación queda sujeta a la interpretación de los tribunales. No obstante, la jurisprudencia ha desarrollado algunos criterios clave para determinar su reparto de manera equitativa.
Según el Tribunal Supremo, los gastos de traslado de los menores deben ser asumidos por ambos progenitores de manera proporcional a sus capacidades económicas y en función del interés superior del menor. Este principio busca evitar que uno de los progenitores asuma una carga desproporcionada, especialmente cuando la distancia entre domicilios es considerable.
Criterios jurisprudenciales para la distribución de los gastos
Los tribunales suelen seguir los siguientes criterios para establecer el reparto de los gastos de traslado:
- Proporcionalidad: Cada progenitor debe contribuir a los gastos en función de su capacidad económica.
- Causalidad: Si uno de los progenitores ha decidido unilateralmente cambiar de residencia, aumentando la distancia entre domicilios, es posible que deba asumir una mayor parte del coste del traslado.
- Reparto equitativo: En muchos casos, los tribunales establecen un reparto del 50% de los gastos, salvo que existan circunstancias que justifiquen otra distribución.
- Alternancia en los desplazamientos: En algunos casos, se establece que cada progenitor asuma los gastos del traslado cuando recoge al menor, evitando así una carga económica excesiva para una de las partes.
Un ejemplo práctico se observa en diversas sentencias del Tribunal Supremo y de audiencias provinciales, que han confirmado la obligación compartida de asumir estos gastos, siempre considerando las circunstancias específicas de cada familia.
La importancia de un acuerdo claro
Para evitar conflictos, es recomendable que en el convenio regulador o en la sentencia de divorcio se especifique claramente cómo se asumirán los gastos de traslado. Algunas de las opciones más comunes incluyen:
- Establecer un reparto porcentual de los gastos en función de los ingresos de cada progenitor.
- Alternar los desplazamientos del menor para equilibrar los costos.
- Fijar un fondo común destinado a cubrir estos gastos.
- Incluir una cláusula de revisión en caso de cambios en la situación económica de los progenitores.
¿Qué hacer en caso de desacuerdo?
Si los progenitores no logran un acuerdo sobre la distribución de estos gastos, pueden acudir a la vía judicial para solicitar una modificación de medidas. En este caso, será el juez quien determine la mejor forma de distribuir los costos, priorizando siempre el bienestar del menor.
Para que la reclamación tenga éxito, es fundamental aportar pruebas que justifiquen la necesidad de modificar el régimen de gastos, como:
- Facturas y tickets de transporte.
- Justificantes de ingresos y gastos de cada progenitor.
- Pruebas de cambios en la residencia de los progenitores.
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