El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha ratificado recientemente una importante sentencia en la que se reconoce el derecho de una enfermera pediátrica gestante a recibir una prestación económica por riesgo durante su embarazo.
Esta sentencia, que establece un precedente relevante para la protección de trabajadoras gestantes, surge a raíz de un caso en el que la demandante, quien trabajaba en la unidad de oncopediatría de un hospital, solicitó la prestación a las diez semanas de gestación.
Este caso pone de relieve las implicaciones legales que enfrentan las trabajadoras embarazadas que están expuestas a riesgos laborales, especialmente en sectores donde la seguridad y la salud son de vital importancia.
Contexto del caso: Riesgos en la unidad de oncopediatría
La enfermera gestante, que prestaba sus servicios en la unidad de oncopediatría, se encontraba en una situación especialmente delicada debido a su exposición constante a medicamentos citostáticos biopeligrosos, sustancias utilizadas en tratamientos de quimioterapia. Estas sustancias son conocidas por sus efectos perjudiciales, no solo para los pacientes, sino también para el personal sanitario que las maneja de forma frecuente. Además, el riesgo de golpes accidentales y otros posibles peligros laborales durante su jornada laboral complicaban aún más su situación.
Al llegar a las diez semanas de embarazo, la enfermera solicitó la prestación por riesgo durante el embarazo, argumentando que su exposición a estos riesgos no solo afectaba su salud, sino que también podía poner en peligro la integridad de su bebé. Sin embargo, su solicitud fue rechazada inicialmente por la Mutua Maz, que alegaba que no existían riesgos hasta la semana 34 de gestación y que la enfermera contaba con equipos de protección adecuados. Esta negativa fue un punto de conflicto, ya que la trabajadora insistía en que las condiciones de su puesto de trabajo no garantizaban su seguridad ni la de su hijo por nacer.
El análisis del Tribunal: La exposición a riesgos y la protección laboral
A pesar de la negativa inicial de la Mutua, el juzgado de Zaragoza primero y el Tribunal Superior de Justicia de Aragón después, concluyeron que sí existían condiciones de riesgo que justificaban la solicitud de la prestación por riesgo durante el embarazo. El tribunal se basó en un informe elaborado por la Unidad Básica de Prevención de Riesgos Laborales del hospital, que detallaba la incompatibilidad manifiesta entre las funciones de la enfermera y su puesto debido a los peligros asociados al contacto con medicamentos biopeligrosos y el riesgo de golpes durante su jornada laboral.
En su fallo, la Sala de lo Social, destacó la importancia de la protección de la trabajadora gestante y, en consecuencia, la necesidad de reubicarla en un puesto sin riesgos. A pesar de que la enfermera fue finalmente reubicada en otro servicio, los tribunales consideraron que esto no eliminaba su derecho a recibir la prestación económica que había sido rechazada por la Mutua en un primer momento.
Los criterios para la concesión de la prestación por riesgo
Uno de los aspectos clave de este caso es el análisis realizado por el tribunal sobre los equipos de protección y su capacidad para garantizar la seguridad de la trabajadora. Aunque la enfermera contaba con medidas de protección, los tribunales concluyeron que estas no garantizaban la ausencia de riesgo en situaciones de urgencia. En este sentido, el tribunal consideró que era razonablemente exigible el cambio de puesto de trabajo para minimizar el peligro, a pesar de que no existiera un puesto vacante para la enfermera en ese momento. Este fallo es especialmente relevante porque pone de manifiesto que la protección de la salud de la trabajadora gestante debe ser prioritaria, independientemente de las dificultades operativas o la falta de puestos vacantes en el hospital.
El tribunal también recordó que el interés superior del menor debe ser siempre un factor fundamental en cualquier decisión judicial relacionada con el embarazo. La exposición a riesgos laborales durante el embarazo no solo afecta a la salud de la madre, sino que puede poner en peligro el bienestar del bebé, lo que hace aún más importante la evaluación cuidadosa de las condiciones laborales.
La sentencia como precedente en la protección de trabajadoras gestantes
El fallo del TSJA establece un precedente importante en el ámbito de la protección de trabajadoras gestantes en entornos de riesgo, especialmente en el sector sanitario, donde el contacto con sustancias peligrosas es frecuente. La sentencia refuerza el derecho de las trabajadoras embarazadas a recibir una prestación económica por riesgo durante el embarazo cuando su puesto de trabajo implique riesgos para su salud o la de su bebé.
Este tipo de situaciones son más comunes de lo que se podría pensar, ya que las trabajadoras embarazadas en profesiones de riesgo, como el sector sanitario, la construcción o la industria química, deben hacer frente a circunstancias laborales que no siempre garantizan su seguridad. El fallo del tribunal refuerza la importancia de que tanto empleadores como trabajadoras conozcan y comprendan sus derechos y obligaciones en relación con la seguridad laboral durante el embarazo.
El papel de un bufete de abogados especializado en derecho laboral
Casos como el de esta enfermera ponen de relieve la necesidad de contar con un asesoramiento legal especializado en derecho laboral. La prestación por riesgo durante el embarazo es un derecho reconocido por la legislación española, pero la obtención de esta prestación puede resultar complicada en algunas situaciones. Por ello, contar con un bufete de abogados especializado en derecho laboral es fundamental para defender los derechos de las trabajadoras que se encuentran en situaciones similares.
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